Estructuración de activos: Cómo proteger tu patrimonio con compañías, fideicomisos, fundaciones y PPLI
· 5 min · Equipo Lignum

Una persona latinoamericana con un millón de dólares en acciones estadounidenses podría dejar a sus herederos una obligación fiscal de más de US$330,000. ¿Cómo evitar que una parte importante de tu patrimonio se pierda en impuestos? Conoce cómo funcionan las compañías, los fideicomisos, las fundaciones y los seguros PPLI, y qué debes considerar antes de utilizarlos para proteger y planear tu patrimonio.
Imagina a una persona que vive en México y que, a lo largo de veinte años, fue comprando acciones de empresas estadounidenses en una cuenta de inversión a su nombre. Al morir, esa cuenta vale un millón de dólares.
En México no hay impuesto a las herencias, y en otros países de la región ese impuesto tiene sus propias reglas. Estados Unidos sí lo cobra, y aplica también a personas que nunca vivieron ahí. Quien no es ciudadano ni residente estadounidense solo tiene una exención de $60,000 dólares, y el impuesto llega a 40%. Sobre ese millón de dólares, los herederos tendrían que pagar $332,800 dólares, y la cuenta normalmente queda congelada hasta que el IRS confirma el pago. Lo explicamos a detalle en Impuesto a la herencia en Estados Unidos: qué pasa con tus acciones si vives en Latinoamérica.
La misma cartera, en manos de una compañía extranjera bien constituida, generalmente queda fuera de ese impuesto. Este es uno de los problemas que resuelve la estructuración de activos: decidir, con un propósito claro, a nombre de quién o de qué están tus bienes.
Qué es una estructura patrimonial
Una estructura patrimonial es un vehículo legal, como una compañía, un fideicomiso, una fundación o una póliza de seguro, que se convierte en el dueño formal de ciertos bienes. Tú sigues siendo, directa o indirectamente, quien se beneficia de ellos, pero la propiedad legal queda en el vehículo, con reglas propias.
Bien diseñada, una estructura puede servir para tres cosas:
- Tenencia: concentrar inversiones, inmuebles o negocios en un solo lugar, con una administración ordenada.
- Protección: separar ciertos bienes de los riesgos del patrimonio personal o del negocio.
- Sucesión: definir desde hoy quién recibe qué, cuándo y en qué condiciones, sin depender de un juicio sucesorio en cada país donde tengas bienes.
Ningún vehículo hace las tres cosas igual de bien en todos los casos. Estos son los cuatro más usados.
1. Compañías
Una LLC, una sociedad o una corporación, en Estados Unidos, las Islas Vírgenes Británicas, Panamá, Dubái, Hong Kong u otras jurisdicciones. Es la forma más sencilla de concentrar inversiones o separar los riesgos de un negocio, y una corporación extranjera es el mecanismo más usado para proteger a la familia del impuesto a la herencia en Estados Unidos.
Lo que hay que saber: si la compañía está en un país que cobra pocos impuestos, la mayoría de los países de la región te cobran impuestos sobre sus utilidades cada año, aunque no se hayan repartido. En México, por ejemplo, este régimen se llama REFIPRE. Y una LLC estadounidense de un solo socio debe presentar cada año el Formulario 5472 ante el IRS, con multas de $25,000 dólares si no lo hace.
Más detalle en Compañías en el extranjero: LLC, BVI, Dubái o Hong Kong, y lo que debes declarar en tu país.
2. PPLI: seguros de vida de colocación privada
Un seguro de vida con una cuenta de inversión separada, que puede incluir fondos de acciones, bonos, capital privado o hedge funds. En Estados Unidos permite diferir impuestos mientras el dinero permanece en la póliza, y los beneficiarios lo reciben sin juicio sucesorio.
Lo que hay que saber: es un producto para patrimonios de varios millones de dólares, con reglas estrictas de diversificación y sin control directo del asegurado sobre las inversiones. Su tratamiento fiscal en tu país y las reglas para contratar con una aseguradora extranjera deben revisarse antes de firmar.
Más detalle en PPLI: qué es el seguro de vida de colocación privada y para quién tiene sentido.
3 y 4. Fideicomisos y fundaciones
Los dos sirven para dejar reglas claras sobre quién recibe tus bienes, cuándo y en qué condiciones, y quién los administra mientras tanto. En un fideicomiso, una institución fiduciaria administra los bienes según un contrato; en varios países de la región, como México, solo pueden serlo instituciones autorizadas, como bancos y casas de bolsa, y en el extranjero existe el trust anglosajón. Una fundación privada, como las de Panamá o Liechtenstein, es una entidad con personalidad jurídica propia, dueña de sus bienes y administrada por un consejo. Para muchas familias latinoamericanas resulta más familiar que un trust.
Lo que hay que saber: cada vez más países exigen identificar a las personas que en última instancia se benefician de un fideicomiso, un trust o una fundación, y aplican reglas fiscales propias a los trusts y fundaciones extranjeros. En México, por ejemplo, los fideicomisos deben identificar a su beneficiario controlador desde 2022.
Más detalle en Fideicomiso o fundación: cuál conviene para heredar tu patrimonio.
Lo que una estructura no hace
Durante décadas, muchas estructuras se usaron para ocultar dinero a las autoridades fiscales. Hoy eso es mucho más difícil y, en la práctica, muy riesgoso.
Desde 2017 o 2018, según el país, la mayoría de las autoridades fiscales de la región recibe cada año información de las cuentas que sus residentes tienen en decenas de países, gracias al intercambio automático de información de la OCDE (CRS). Estados Unidos no participa en el CRS, aunque intercambia información con algunos países a través de acuerdos FATCA. Y los bancos identifican a los beneficiarios finales de cualquier compañía, fideicomiso o fundación que abra una cuenta.
Por eso toda estructura debe declararse. Su valor está en ordenar, proteger y facilitar la sucesión de forma legal. Si alguien te ofrece una estructura con el argumento de que «la autoridad fiscal no se va a enterar», es una señal para alejarse.
Tampoco conviene armar una estructura sin sustancia. Si sigues decidiendo todo, usas las cuentas de la compañía para gastos personales o no respetas las reglas del fideicomiso, un juez o una autoridad fiscal puede concluir que los bienes siguen siendo tuyos.
Preguntas antes de crear una estructura
- ¿Qué problema quieres resolver? El impuesto a la herencia en Estados Unidos, los riesgos de un negocio y una herencia con condiciones para hijos menores llevan a soluciones distintas.
- ¿Dónde están tus bienes y dónde viven tus herederos? Cada país involucrado puede tener sus propias reglas.
- ¿Cuánto cuesta crearla y mantenerla cada año? Incluye constitución, fiduciarios, contabilidad y declaraciones en cada país.
- ¿Qué obligaciones fiscales trae en tu país? Pide por escrito cómo se declaran sus ingresos y si le aplican las reglas para compañías controladas en el extranjero.
- ¿Quién la va a administrar cuando tú no puedas?
- ¿Cada cuánto se revisa? Las leyes cambian. Una revisión cada dos o tres años, o cuando cambie tu situación familiar o tu residencia, ayuda a que la estructura siga cumpliendo su propósito.
Ordenar el patrimonio con un plan
La estructuración de activos es una herramienta dentro de una planeación patrimonial más amplia, que también incluye tu testamento, tus seguros, tu estrategia de inversión y la forma en que tu familia va a tomar decisiones cuando tú ya no estés. Bien hecha, involucra a un asesor patrimonial, a abogados y a fiscalistas de cada país donde tengas bienes, trabajando con la misma información.
Si tienes inversiones o bienes fuera de tu país y quieres entender qué estructura tiene sentido para tu caso, platiquemos.
Fuentes: Internal Revenue Code, §§ 2001(c), 2101, 2102 y 2104; IRS, Treas. Reg. § 1.6038A-1 e IRC § 6038A(d); Comité de Finanzas del Senado de Estados Unidos, «Private Placement Life Insurance: A Tax Shelter for the Ultra-Wealthy», 21 de febrero de 2024; México, Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 4-A, 4-B y 176 a 178, Código Fiscal de la Federación, artículos 32-B Ter a 32-B Quinquies, y Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, artículos 381 a 394; Ley 25 de 1995 de Panamá; OCDE, Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes (CRS), del 29 de octubre de 2014. Las fuentes de cada tema están en los artículos de esta serie. Material informativo; no constituye asesoría fiscal, legal ni de inversión personalizada.